Campaña declaración de la Renta

RENTA 2025 ¿Quién está obligado a declarar en 2026?

En este articulo detallamos las novedades de este año

La gran novedad de este año es la obligación universal para quienes perciben prestaciones por desempleo, independientemente de la cantidad, y el ajuste de los límites por la subida del SMI.

Ingresos del trabajo (un solo pagador): el límite se mantiene en 22.000 euros anuales. Si no llegas a esa cifra y solo has tenido una empresa, no estás obligado.

Ingresos con más de un pagador: aquí es donde está el cambio principal. El límite para estar exento ha subido para acompasarse al Salario Mínimo. Ahora, si el segundo pagador te ha pagado más de 1.500 euros, solo estarás obligado a declarar si tus ingresos totales superan los 15.876 euros (frente a los 15.000 de hace un par de años).

Desempleados: de cara a 2026, desaparece la exigencia automática de presentar la declaración para quienes perciben prestaciones o subsidios por desempleo. Tras la aprobación del Real Decreto-ley 16/2025, cobrar el paro ya no implica, por sí solo, tener que hacer la Renta: solo estarás obligado si tus ingresos superan los límites generales establecidos. Eso sí, esta flexibilización no afecta al Ingreso Mínimo Vital:

Autónomos: Se mantiene la obligación para todos, sin importar sus ingresos o pérdidas. Desde el cambio de sistema de cotización, no hay un mínimo exento para ellos.

Ingreso Mínimo Vital (IMV): Tanto los beneficiarios como los miembros de la unidad de convivencia deben presentarla obligatoriamente, aunque su renta sea cero y no tengan que pagar nada. Es requisito para percibir el IMV


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