¿Durante cuánto tiempo las empresas la obligación de guardar las nóminas?
7 de noviembre de 2016

Desde nuestra experiencia como gestoría laboral en Tarragona, hemos observado que muchos de nuestros clientes tienen dudas acerca de la conservación de las nóminas. Independientemente de si entregas las nóminas en papel, como si lo haces en formato digital, las nóminas deben ser guardadas durante un tiempo. ¿Te gustaría saber por qué? Si es así sigue leyendo porque te lo explicamos a continuación.

Toda empresa tiene la obligación de guardar las nóminas de sus empleados durante un total de seis años. Por esta razón, esta labor es mucho más recomendable hacerla hoy en día en formato digital en vez de en formato papel, en especial si la compañía tiene un elevado número de trabajadores. Como especialistas en los servicios de gestoría laboral en Tarragona,  te recordamos que la nómina tiene la función de acreditar el pago del salario, por esa razón las empresas deben guardar una copia.

Las copias de las nóminas tienen distintos plazos de prescripción. Por ejemplo, en relación al trabajador prescriben a los 12 meses, tiempo máximo que tiene el empleado para reclamar una cantidad. Respecto a la agencia Tributaria, el plazo de prescripción es de cuatro años desde el momento en que se presenta el impuesto. Asimismo, en relación a la Seguridad Social, las nóminas y los boletines de cotización deben guardarse un periodo mínimo de cinco años para facilitar las comprobaciones oportunas. Por último, en relación a la contabilidad, las nóminas son un justificante de gasto, razón por la que deben ser guardadas durante seis años según el Código de Comercio.

Si tienes alguna duda sobre derecho laboral, no dudes en contactar con Asesoría Invergestión. Brindamos un trato personalizado a nuestros clientes y la búsqueda de soluciones a medida.

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